Df 7 Contratos de crédito al consumo
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
Vigente
Esta Ley entrará en vigor a los tres meses de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 24 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-06-2011 en vigor desde 25-09-2011