Df 7 Condiciones de contratación en el sector lácteo
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 1 de marzo de 2019.
FELIPE R.
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
LUIS PLANAS PUCHADES
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2019 en vigor desde 03-03-2019