Df 7 Condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica
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D.F. 7ª. Entrada en vigor.

Vigente

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El presente real decreto entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Dado en Madrid, el 5 de abril de 2019.

FELIPE R.

La Ministra para la Transición Ecológica,

TERESA RIBERA RODRÍGUEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2019 en vigor desde 07-04-2019