Df 6 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»DISPOSICIÓN FINAL SEXTA. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con excepción de la disposición final cuarta que surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2013.
Toledo, 29 de noviembre de 2012
La Presidenta
María Dolores de Cospedal Garcia
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 02-12-2012