Df 6 Presupuestos 2019 Navarra
D.F. 6ª. Modificación de la Ley Foral 11/1999, de carrera profesional de facultativos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
El apartado 2 del artículo 6 queda redactado como sigue:
2.-Para el cumplimiento del período de permanencia se computarán los años de servicios prestados en propiedad en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con nombramiento de los señalados en el artículo 1.1de la presente Ley Foral. Los servicios prestados en propiedad en los sistemas públicos de salud en los Estados miembros de la Unión Europea se computarán conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado dos, y en las disposiciones transitorias segunda y tercera de la presente Ley Foral. Así mismo se computará a todos los efectos el tiempo que se haya permanecido en situación de servicios especiales como consecuencia de encontrarse prestando servicios en puestos de libre designación en cualquier Administración Pública o como consecuencia de estar en situación de formación, perfeccionamiento e investigación .
- Texto Original. Publicado el 31-12-2018 en vigor desde 01-01-2019