Df 6 Normas de ordenación de explotaciones apícolas
Df 6 Normas de ordenación...s apícolas

Df 6 Normas de ordenación de explotaciones apícolas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 6ª. Entrada en vigor.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 22 de febrero de 2002.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,

MIGUEL ARIAS CAÑETE

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-03-2002 en vigor desde 14-03-2002