Df 6 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad
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»D.F. 6ª. Desarrollo reglamentario en materia de animales de apoyo.
Vigente
En el plazo de dieciocho meses el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha procederá a la elaboración y aprobación del desarrollo reglamentario correspondiente al procedimiento de reconocimiento y acreditación de los animales de apoyo, así como las condiciones higiénico-sanitarias que deben cumplir.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-12-2014 en vigor desde 02-01-2015