Df 6 Fondo para la Promoción del Desarrollo
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor a los noventa días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo lo previsto en las disposiciones finales segunda, tercera y cuarta, que entrarán en vigor el día siguiente al de la citada publicación.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 22 de octubre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-10-2010 en vigor desde 21-01-2011