Df 6 Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales
Condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales
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»D.F. 6ª.- Entrada en vigor.
Vigente
El presente Decreto entrará en vigor a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio de 2022.
El Lehendakari, IÑIGO URKULLU RENTERIA.
El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.