Df 6 biodiversidad y patrimonio natural

Df 6 biodiversidad y patrimonio natural

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 6ª. Desarrollo reglamentario.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se habilita a la persona titular de la consejería competente en materia de medioambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo reglamentario de esta ley.

2. Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de medioambiente a modificar, mediante orden, el anexo correspondiente al Listado Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y al Catálogo Riojano de Especies Amenazadas con el fin de actualizarlo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023