Df 5 Reglamento del Registro Mercantil
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 5ª.
Vigente
Se autoriza a la Ministra de Justicia para dictar las normas sectoriales con arreglo a las cuales haya de procederse a la designación, por parte del Registrador Mercantil, de los expertos independientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996