Df 5 Reglamento General de Circulación
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor al mes siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 21 de noviembre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de la Presidencia, JAVIER ARENAS BOCANEGRA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-12-2003 en vigor desde 23-01-2004