Df 5 Reglamento que desarrolla las exenciones fiscales relativas a las FFAA de Estados miembros de la UE
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
Vigente
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
No obstante, el artículo único surtirá efectos desde el 1 de julio de 2022 y la disposición final primera desde el 1 de enero de 2022, respectivamente.
Dado en Madrid, el 13 de junio de 2023.
FELIPE R.
La Ministra de Hacienda y Función Pública,
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO