Df 5 Proteccion de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte
D.F. 5ª. Naturaleza de la presente Ley.
(DEROGADO)
La presente Ley tiene el carácter de Ley Orgánica, a excepción de los siguientes preceptos y disposiciones:
Artículos 1 al 4, ambos inclusive;
Artículo 6, párrafos 4.º y 5.º, excepto los párrafos 1.º al 3.º que tienen carácter orgánico, artículo 7, artículo 8, excepto el apartado primero que tiene carácter orgánico;
Artículos 9 al 35, ambos inclusive, excepto el párrafo primero del artículo 12, que sí tiene carácter orgánico;
Artículos 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 45, 46, 47, 48 y 49;
Las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, séptima, octava y novena;
Las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera;
La disposición derogatoria;
Las disposiciones finales primera, segunda, tercera -salvo en su apartado tres, que sí tiene rango orgánico-, cuarta, sexta, séptima y octava.
- Artículo modificado por Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.
(BOE de 21-06-2013) en vigor desde 11-07-2013