Df 5 Presupuestos General...de Euskadi

Df 5 Presupuestos Generales para 2022 de Euskadi

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D.F. 5ª.- Modificación de la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.

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Se modifica el artículo 9.4 de la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, que quedará con la redacción siguiente:

«4.- En el ejercicio de la función fiscalizadora, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas examinará y comprobará la documentación relativa a la liquidación de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco que se rendirá a tal efecto por el departamento competente en materia de control económico interno y contabilidad al mes siguiente a su confección.

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas emitirá su informe dentro de los cuatro meses siguientes a su recepción y necesariamente deberá pronunciarse sobre:

a) Cumplimiento de la legislación vigente en materia de gestión de los fondos públicos.

b) Racionalidad en la ejecución de los gastos públicos basados en criterios de economía y eficacia.

c) Sometimiento de la documentación financiera presentada a los principios contables que resulten de aplicación.

El informe emitido por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas será puesto en conocimiento del Gobierno a los efectos oportunos, siendo publicadas sus conclusiones en el Boletín Oficial del País Vasco.

El informe, junto con la documentación relativa a la liquidación de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, será remitido al Parlamento Vasco para su consideración y correspondiente tramitación».