Df 5 Ordenación Ambiental del Alumbrado
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»D.F. 5ª.
Vigente
Se habilita al Gobierno para desarrollar y aplicar la presente Ley y al Consejero o Consejera de Medio Ambiente para hacer la regulación de la Comisión de Prevención y Corrección de la Contaminación Lumínica a que se refiere la disposición final tercera.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-06-2001 en vigor desde 12-09-2001