Df 5 Medidas tributarias y administrativas 2010 Extremadura
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, que sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la hagan cumplir.
Mérida, a 28 de diciembre de 2010.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
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