Df 5 Medidas fiscales, administrativas y de ordenación
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor
Vigente
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, excepto la disposición adicional tercera, que producirá efectos desde el día 1 de enero de 2017.
Santiago de Compostela, ocho de febrero de dos mil diecisiete
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-02-2017 en vigor desde 10-02-2017