Df 5 Coordinación y finan...s sociales

Df 5 Coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 5ª. Modificación de la disposición adicional sexta. Identificación al público y rotulación de servicios y centros del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales del Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell, de ordenación del sistema público valenciano de servicios sociales

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


La disposición adicional sexta. del Decreto 59/2019, de 12 de abril, quedará redactada cómo sigue:

«Los centros y servicios de servicios sociales de titularidad pública, así como los centros y servicios privados acreditados que hayan subscrito un concierto con la Administración pública, que constituyen todos el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, se identificarán con los símbolos o anagramas de la administración o administraciones públicas competentes para su provisión, manteniendo, en todo caso, en el ángulo superior izquierdo, el logotipo de la Generalitat. A estos se tiene que añadir la leyenda: «Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales», seguida, en la línea inmediatamente inferior, del nombre genérico del tipo de centro o servicio de que se trate, de acuerdo con la normativa de regulación de las tipologías de servicios y centros. A continuación, en la línea inferior, estará referenciada la denominación propia concreta del centro o servicio. Finalmente, además del anterior, se tiene que añadir más abajo la leyenda «Centro concertado», o bien la de «Servicio concertado».

Esta identificación y leyenda también tendrá que ser incluida en todas las comunicaciones entre administraciones y particulares.»

València, 20 de marzo de 2020

El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER

La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas,

MÓNICA OLTRA JARQUE

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-05-2020 en vigor desde 07-05-2020