Df 5 Contra el Dopaje en el Deporte

Df 5 Contra el Dopaje en el Deporte

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 5ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.

Vitoria-Gasteiz, a 25 de junio de 2012.

El Lehendakari,

FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-06-2012 en vigor desde 28-09-2012