Df 5 Condiciones de contratación en el sector lácteo
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»D.F. 5ª. Facultad de desarrollo y modificación.
Vigente
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para adaptar a las exigencias derivadas de la normativa europea los anexos y las fechas y plazos de este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2019 en vigor desde 03-03-2019