Df 5 Caza de C. La Mancha
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»D.F. 5ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Vigente
Se faculta al Consejo de Gobierno para que en el plazo de un año desarrolle reglamentariamente las disposiciones, procedimientos y limitaciones necesarias para la aplicación de la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-03-2015 en vigor desde 01-04-2015