Df 5 Aspectos para la implementación de códigos de red de conexión de instalaciones eléctricas
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»D.F. 5ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13ª y 25ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para determinar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y las bases del régimen minero y energético, respectivamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-07-2020 en vigor desde 09-07-2020