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»D.F. 5ª. Entrada en vigor
Vigente
Esta Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, a 30 de marzo de 2023.
La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO
(03/5.802/23)