Df 41 Economía sostenible

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D.F. 41ª. Modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la Comunicación Audiovisual.

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Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la Comunicación Audiovisual:

Uno. El párrafo séptimo del apartado 3 del artículo 5 pasa a situarse como párrafo cuarto, con la siguiente redacción:

«En todo caso, el 60 por ciento de esta obligación de financiación se destinará a la producción en alguna de las lenguas oficiales en España.»

Dos. El párrafo primero del apartado 1 del artículo 49 pasa a tener la siguiente redacción:

«El Consejo Estatal de Medios Audiovisuales estará formado por la Presidencia y seis consejerías cuyos titulares serán nombrados por el Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Congreso de los Diputados por mayoría de tres quintos entre personas de reconocida competencia en materias relacionadas con el sector audiovisual en todas sus vertientes.»

Tres. Se añade una nueva disposición adicional, que pasa a ser la séptima, con el siguiente texto:

«Disposición adicional séptima. Carácter no publicitario de anuncios de servicio público o de carácter benéfico.

No tienen la consideración de publicidad los anuncios de servicio público o de carácter benéfico, difundidos gratuitamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de esta Ley. A los efectos del cómputo previsto en el apartado 1 del artículo 14, la autoridad audiovisual competente podrá resolver, a solicitud de los interesados y previamente a su emisión, sobre la no consideración como mensajes publicitarios de estas comunicaciones.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-2011 en vigor desde 06-03-2011