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DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Actualización de las sanciones.

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Se faculta al Gobierno, a propuesta del consejero o consejera competente en la materia, para actualizar el importe de las sanciones establecidas por la presente Ley, de acuerdo con la evolución de las circunstancias socioeconómicas y en función del incremento del índice de precios al consumo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2003 en vigor desde 16-08-2003