Df 4 Sostenibilidad de biocarburantes y biolíquidos
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 4 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,
MIGUEL SEBASTIÁN GASCÓN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-11-2011 en vigor desde 06-11-2011