Df 4 Servicios sociales de Galicia

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D.F. 4ª. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2008.-El Presidente, Emilio Pérez Touriño.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2008 en vigor desde 18-03-2009