Df 4 Reglamento por el qu...s formales

Df 4 Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales

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D.F. 4ª. Modificación del Decreto Foral 80/1991, de 19 de noviembre, por el que se regulan determinados aspectos en relación con la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas.

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Se modifican los apartados 1 y 3 del artículo 6 del Decreto Foral 80/1991, de 19 de noviembre, por el que se regulan determinados aspectos en relación con la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas, que quedan redactados en los siguientes términos:

«1. Se considerarán, entre otras, alteraciones con trascendencia tributaria, de orden físico, económico o jurídico en los elementos de la actividad, a los efectos del nacimiento del deber de presentar la correspondiente declaración de modificación, las siguientes:

a) Las variaciones, en más o en menos, superiores al 20% en los elementos tributarios.

b) La transformación de la personalidad jurídica de la sociedad titular de la actividad.

c) La decisión de acogerse a una nota distinta a la que esté acogido, o acogerse a alguna en el supuesto de que no esté acogido a ninguna, dentro del grupo o epígrafe en el que esté matriculado.

d) El cambio de opción que realice el sujeto pasivo cuando las tarifas tengan asignadas más de una clase de cuota, ya sea municipal, provincial o especial estatal.

El cambio de opción, respecto de las facultades previstas en las reglas 10, 11 y 12 de la Instrucción, surtirá efectos a partir del período impositivo siguiente».

«3. Las modificaciones surtirán efectos desde el período impositivo siguiente a aquél en que se hubiera debido efectuar la declaración.

En los supuestos señalados en las letras c) y d) del apartado 1 de este artículo, cuando los sujetos pasivos deseen que las facultades previstas por las notas a que se acojan, o por la clase de cuota, les sean de aplicación desde el momento en que realizan la modificación, deberán presentar las declaraciones de baja y alta que correspondan, no teniendo en esos casos la consideración de modificación».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-12-2013 en vigor desde 20-12-2013