Df 4 Prestaciones sociales de caracter economico
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»DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 27 de julio de 2006,
Pasqual Maragall i Mira,
Presidente de la Generalidad de Cataluña.
Carme Figueras i Siñol,
Consejera de Bienestar y Familia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-08-2006 en vigor desde 23-08-2006