Df 4 Ordenacion del alumb...o nocturno

Df 4 Ordenacion del alumbrado para la proteccion del medio nocturno

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DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Distintivo homologado.

Vigente

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En el plazo que establece la disposición final segunda para el desarrollo reglamentario de la presente Ley Foral, el Departamento competente ha de determinar los requisitos para otorgar el distintivo homologado a que se refiere el artículo 8.3.