Df 4 Modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 13 de septiembre de 2022.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno, PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN