Df 4 Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
Uno. El apartado 2 del artículo 34 queda redactado como sigue:
"2. Trienalmente el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha realizará un informe de las iniciativas adoptadas para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres".
Dos. El artículo 44 queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 44. Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género.
1. El Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género es una marca a través de la cual la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha reconoce a aquellas empresas y entidades, públicas o privadas, que destaquen por la implantación de planes o medidas de igualdad durante al menos dos años, siempre que tengan su domicilio en Castilla-La Mancha o, si no lo tienen, que hubieran contratado personal en esta región y dispongan de sucursal, delegación o cualquier otra representación.
2. La concesión del distintivo la realizará la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a propuesta del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, de acuerdo con los parámetros de igualdad, derechos, facultades y obligaciones que se determinen mediante las bases reguladoras del Distintivo.
Corresponderá al Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha el control de la renovación y revocación del Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género".
- Texto Original. Publicado el 30-06-2021 en vigor desde 01-07-2021