Df 4 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
D.F. 4ª. Entrada en vigor
La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2018.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la entrada en vigor de lo dispuesto en los artículos 48 y 49 sobre la nueva regulación del Institut Valencià de Finances (IVF) se producirá cuando entre en vigor el reglamento orgánico y funcional de la conselleria con competencias en materia de hacienda y modelo Económico, así como el reglamento de organización y funcionamiento del Institut Valencià de Finances (IVF), que se aprueben para adaptarlo a esta nueva regulación.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.
València, 28 de diciembre de 2017
El president de la Generalitat
Ximo Puig i Ferrer
- Texto Original. Publicado el 30-12-2017 en vigor desde 01-01-2018