Df 4 Marco de actuación p...sanitarios

Df 4 Marco de actuación para un uso sostenible de productos fitosanitarios

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D.F. 4ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo el artículo 10.1 en lo que se refiere a los usos agrarios que entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

Dado en Madrid, el 14 de septiembre de 2012.

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-09-2012 en vigor desde 16-09-2012