Df 4 Emprendimiento y competitividad económica
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 9/2004, de 10 de agosto, de seguridad industrial de Galicia
Se añade una disposición adicional quinta a la Ley 9/2004, de 10 de agosto, de seguridad industrial de Galicia, con la redacción siguiente:
«Disposición adicional quinta. Actos que no precisan de licencia municipal
1. Están exentos de actividad o funcionamiento y de licencia urbanística los actos de uso del suelo o del subsuelo incluidos en las resoluciones de otorgamiento de derechos mineros y en los proyectos o instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica o de gas para cuya autorización o concesión sea competente la Xunta de Galicia, cuando en el procedimiento de autorización o en el de su evaluación ambiental esté previsto el trámite de audiencia al ayuntamiento o informe municipal y el proyecto o instalación sean compatibles con el planeamiento y la normativa urbanísticos.
2. En tales casos, obtenida la autorización o concesión, el titular de la instalación o concesión presentará la comunicación previa prevista en la normativa urbanística y en la Ley del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia.»
- Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 28-12-2013