Df 4 Emergencia social de la vivienda

Df 4 Emergencia social de la vivienda

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 4ª. Garantías de habitabilidad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Junta de Extremadura garantizará que las viviendas de promoción pública y de protección oficial en su propiedad cumplan los requisitos óptimos de habitabilidad en términos análogos a los previstos en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, entregándolas con contadores de suministros individuales y actualizados con respecto a deudas previas contraídas por habitantes anteriores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-02-2017 en vigor desde 14-03-2017