Df 4 Derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor
Vigente
La presente ley entra en vigor al cabo de un mes de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, salvo la modificación de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico, establecida por la disposición final segunda, que entra en vigor el 1 de enero de 2011.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir
Palacio de la Generalidad, 27 de mayo de 2010
José Montilla i Aguilera
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Carme Capdevila i Palau
Consejera de Acción Social y Ciudadanía
(10.146.047)
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-06-2010 en vigor desde 02-07-2010