Df 4 Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas
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»D.F. 4ª. Modificación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
El párrafo c) del artículo 3 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, queda redactado del siguiente modo:
«c) Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil habrán de atenerse a lo que disponga su legislación específica para el ejercicio del derecho de asociación en lo que se refiere a asociaciones profesionales.»