Df 4 Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico
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Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 12 de mayo de 2015.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
MARIANO RAJOY BREY
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-05-2015 en vigor desde 02-06-2015