Df 4 Creación de la Ofici...Corrupción

Df 4 Creación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 4ª. Entrada en vigor

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

2. No obstante, el título II de la ley producirá efectos desde que se hagan efectivas la supresión y la integración de los registros a los que hace referencia la disposición adicional primera de esta ley.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que corresponda la hagan guardar.

Palma, 9 de desembre de 2016

La presidenta

Francesca Lluch Armengol Socias

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-12-2016 en vigor desde 16-12-2016