Df 4 Aprovechamiento eólico, canon eólico y Fondo de Compensación Ambiental
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»DISPOSICIÓN FINAL CUARTA. Normativa supletoria.
Vigente
En todo aquello no dispuesto por la presente ley se aplicará con carácter supletorio la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y su normativa de desarrollo, o normas que las sustituyan.
Santiago de Compostela, 22 de diciembre de 2009.
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 4ª (se añade)) por LEY 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia.
(DOGA de 25-10-2017) en vigor desde 26-10-2017 - Texto Original. Publicado el 29-12-2009 en vigor desde 26-10-2017