Df 3 Universidades

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente Ley entra en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», salvo el título VII, que entra en vigor al día siguiente al de la publicación de la Ley.

Por tanto, ordeno que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 19 de febrero de 2003.

ANDREU MAS-COLELL, JORDI PUJOL,

Consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-02-2003 en vigor desde 12-03-2003