Df 3 transposición del artículo 9 bis, Directiva (UE) 2017/952 por la que se mod... con terceros países
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Df 3 transposición del artículo 9 bis, Directiva (UE) 2017/952 por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países

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D.F. 3ª. Entrada en vigor

Vigente

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El presente Decreto Foral Normativo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2022, salvo lo previsto en el apartado Dos de su artículo 1, que tendrá efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de la entrada en vigor de este Decreto Foral Normativo y los expresos efectos previstos en su Disposición final segunda.