Df 3 Transparencia y Buen Gobierno
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D.F. 3ª. Entrada en vigor

Vigente

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La entrada en vigor de esta ley se producirá de acuerdo con las siguientes reglas:

1. El capítulo II del título I, relativo a la publicidad activa, entrará en vigor al cabo de doce meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

2. Los artículos 39 y 49 entrarán en vigor en el momento en que finalice el periodo de mandato de las personas integrantes del Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y se nombren los miembros del Consejo Valenciano de Transparencia.

3. El resto del articulado entrará en vigor al cabo de veinte días de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.

València, 13 de abril de 2022

El president de la Generalitat

Ximo Puig i Ferrer

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2022 en vigor desde 12-05-2022