Df 3 Servicio de transporte de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª. Entrada en vigor
Vigente
Este decreto ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, excepto el artículo 3.1, y el apartado a de la disposición adicional primera, que entrarán en vigor en el plazo de dos meses a contar desde la publicación.
València, 29 de marzo de 2019
El president de la Generalitat,
XIMO PUIG I FERRER
La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio,
MARÍA JOSÉ SALVADOR RUBERT