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Df 3 Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo

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D.F. 3ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 23 de marzo de 2015.

FELIPE R.

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación,

JOSÉ MANUEL GARCÍA-MARGALLO MARFIL

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-2015 en vigor desde 08-04-2015