Df 3 Reglamento de la Ley 34/2006 -acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 3ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día que la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
Dado en Madrid, el 3 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de la Presidencia, RAMÓN JÁUREGUI ATONDO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2011 en vigor desde 16-06-2011