Df 3 Reglamento del Impue...as del THG

Df 3 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG

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D.F. 3ª. Entrada en vigor y efectos.

Vigente

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1. El presente Decreto Foral y el Reglamento anexo entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa y surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2014.

2. No obstante lo anterior, la disposición adicional duodécima del Reglamento anexo surte efectos a partir del 5 de julio de 2014.

3. La obligación de información regulada en el artículo 45 bis del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, a que se refiere el apartado 5 de la disposición final primera de este Decreto Foral, será exigible por primera vez en el momento en que así se establezca en la norma de asistencia mutua que resulte de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014