Df 3 Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales
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»D.F. 3ª. Modificación del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Vigente
Se modifica el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa, aprobado por Decreto Foral 38/2006, de 2 agosto, que queda redactado en los siguientes términos:
«2. Los funcionarios que desempeñen funciones de recaudación podrán realizar actuaciones de obtención de información previstas en los artículos 90 y 91 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de conformidad con lo previsto en dichos artículos y en el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2013 en vigor desde 20-12-2013